¿Puede un Hijo Ciudadano Pedir a sus Padres Indocumentados?

Si estás leyendo esto, es muy probable que cargues una mezcla de esperanza, miedo y muchas preguntas. Para miles de familias inmigrantes, el deseo de proteger a los padres y mantener a la familia unida en Estados Unidos viene acompañado de confusión legal y decisiones difíciles. No estás solo en esto, y buscar información clara —idealmente con apoyo de abogados de inmigración familiar— es un primer paso clave para entender tus opciones. Una de las dudas más comunes es si puede un hijo ciudadano pedir a sus padres indocumentados, y la respuesta no es tan simple como muchos creen.

La respuesta directa es: sí, un hijo ciudadano puede pedir a sus padres indocumentados, pero solo si el hijo tiene 21 años o más. Sin embargo, tener un hijo con ciudadanía o ser ciudadano estadounidense no otorga automáticamente estatus legal a los padres. El proceso correcto depende en gran medida de cómo entraron los padres a Estados Unidos: si fue con visa o sin inspección. Este detalle puede cambiar por completo el camino migratorio, los formularios que se deben presentar y los riesgos del caso.

En esta guía vas a encontrar información clara y actualizada sobre los requisitos de elegibilidad, el proceso de petición mediante el Formulario I-130, las diferentes rutas según la entrada al país, posibles perdones o situaciones especiales, errores comunes que debes evitar, y un panorama realista de tiempos, costos y decisiones que pueden impactar a tu familia. El objetivo es que avances con conocimiento y no con suposiciones.

Puntos Clave 

Requisito de Edad: 

Un hijo ciudadano estadounidense SÍ puede pedir a sus padres indocumentados, pero solo si el hijo tiene 21 años o más al momento de presentar la solicitud I-130.

Factor Determinante: 

El camino migratorio depende fundamentalmente de cómo entraron los padres a EE. UU. (con inspección/legalmente o sin inspección/ilegalmente).

Entrada Legal (Con Inspección): 

Permite el Ajuste de Estatus (I-485) dentro de EE. UU., evitando la necesidad de salir del país y, por lo general, perdonando la estadía ilegal.

Entrada Ilegal (Sin Inspección): 

Obliga a los padres a realizar un Proceso Consular en su país de origen. Al salir, se activan las barras de presencia ilegal de 3 o 10 años, lo que prohíbe el reingreso.

El Perdón I-601A: 

Es la solución para las barras de presencia ilegal y permite solicitar el perdón antes de salir de EE. UU.

Familiar Calificado para el Perdón: 

Para el I-601A, el “sufrimiento extremo” debe demostrarse sobre un cónyuge o padre/madre ciudadano o residente permanente del solicitante. El hijo ciudadano NO califica como familiar para este perdón.

Categoría de Familiar Inmediato: 

Los padres de un ciudadano de 21+ años son clasificados como familiares inmediatos, lo que significa que no están sujetos a cuotas de visa y el proceso es más rápido.

Riesgos Graves: 

Tener una petición I-130 pendiente no otorga protección automática contra la deportación. Salir de EE. UU. sin un perdón I-601A aprobado activa las barras de 3 o 10 años.

Asesoría Legal: 

El proceso es altamente complejo, especialmente en casos de entrada sin inspección, antecedentes criminales u órdenes de deportación, haciendo indispensable la asesoría de abogados de inmigración familiar.

La Respuesta Rápida: ¿Sí o No?

La respuesta corta es sí, pero no en todos los casos ni de forma automática. Muchos hijos ciudadanos creen que cumplir 21 años es suficiente para arreglar la situación migratoria de sus padres, pero en Estados Unidos la ley de inmigración funciona con reglas muy específicas. El derecho a pedir a los padres existe, pero el proceso y la decisión final dependen de varios factores clave del caso.

Sí, Pero con Requisitos Específicos

Para que la solicitud sea posible, se deben cumplir estos requisitos básicos:

  • El hijo debe ser ciudadano estadounidense, ya sea por nacimiento en EE. UU. o por naturalización.
  • El hijo ciudadano debe tener 21 años o más al momento de presentar los formularios.
  • Los padres deben ser admisibles, es decir, no tener ciertos antecedentes penales, órdenes de deportación activas u otros problemas graves de estatus migratorio.

Lo Más Importante

El factor que más peso tiene es cómo entraron los padres a Estados Unidos. La presencia legal o ilegal al ingresar al territorio americano determina si el ajuste de estatus es posible dentro del país o si se requiere salir y enfrentar otros pasos del proceso.

Requisitos de Elegibilidad: ¿Quién Califica?

Entender la elegibilidad es uno de los pasos más importantes antes de iniciar cualquier proceso de inmigración en Estados Unidos. Aunque un hijo ciudadano tiene el derecho de pedir a sus padres, no todos los casos califican automáticamente. Aquí te explico, de forma clara, quién cumple con los requisitos y por qué cada detalle importa.

Requisitos del Hijo Ciudadano Estadounidense

Para iniciar la solicitud, el hijo debe cumplir condiciones muy específicas según la ley migratoria de EE. UU.:

  • Debe ser ciudadano estadounidense, ya sea por nacimiento en Estados Unidos o por ciudadanía adquirida mediante naturalización. Ser residente permanente (LPR) no es suficiente para pedir a los padres.
  • Debe tener 21 años o más al momento de presentar los formularios, sin excepciones. La edad es un requisito estricto.
  • Debe demostrar claramente la relación familiar con los padres, usando documentos como certificado de nacimiento, adopción legal (antes de los 16 años con excepciones limitadas) o actas corregidas, según el país de origen.
  • Debe cumplir con los requisitos de ingreso económico para el Affidavit of Support, presentado mediante el Formulario I-864, donde el hijo ciudadano actúa como sponsor o puede usar un co-sponsor si es necesario.

Requisitos de los Padres

Los padres también deben cumplir ciertas condiciones para que el caso sea viable:

  • Existir una relación biológica o legal válida con el hijo ciudadano.
  • No tener impedimentos graves de admisibilidad, como:
    • Ciertos antecedentes criminales serios.
    • Fraude o tergiversación previa ante inmigración.
    • Órdenes de deportación anteriores sin resolver.
    • Reingreso ilegal al territorio estadounidense después de una deportación.

Estas circunstancias no siempre significan un “no” definitivo, pero sí cambian el proceso y pueden requerir perdones o estrategias legales con apoyo de un abogado.

La Categoría de “Familiar Inmediato”

Una gran ventaja es que los padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años entran en la categoría de familiar inmediato. Esto significa que no hay cuotas de visa ni listas de espera, lo que hace que el proceso sea más rápido que otras peticiones familiares. Aun así, cada situación debe evaluarse de forma individual antes de avanzar.

El Factor Más Importante: ¿Cómo Entraron los Padres a Estados Unidos?

Este es el punto que define todo el caso. En la práctica, la decisión sobre si un hijo ciudadano puede ayudar a sus padres de forma más sencilla o con mayores riesgos depende casi por completo de cómo entraron a Estados Unidos. La ley de inmigración trata de manera muy distinta a quienes tuvieron entrada legal frente a quienes entraron sin inspección, y eso cambia el proceso, los formularios, los plazos y las opciones disponibles.

Escenario 1: Padres Que Entraron Legalmente (Con Inspección)

¿Qué significa “entrada legal”?
Se considera entrada legal cuando los padres:

  • Entraron con una visa (turista, estudiante, trabajo u otra).
  • Fueron inspeccionados por un oficial en un puerto de entrada oficial en Estados Unidos.
  • Recibieron un registro de entrada/salida, como el I-94.
  • O ingresaron con parole humanitario autorizado.

La Gran Ventaja
Cuando hay entrada legal, los padres generalmente sí pueden hacer ajuste de estatus dentro de Estados Unidos, incluso si luego se quedaron más tiempo del permitido. En estos casos, la estadía ilegal suele quedar perdonada automáticamente por ser padres de un ciudadano estadounidense inmediato.

Esto significa que no necesitan salir del país, evitando riesgos, separación familiar y activación de castigos.

Proceso Típico
El proceso suele seguir estos pasos:

  1. El hijo ciudadano presenta el Formulario I-130 para cada uno de los padres.
  2. Los padres presentan el Formulario I-485 para el ajuste de estatus.
  3. Mientras esperan, pueden solicitar permiso de trabajo (Formulario I-765) y permiso de viaje (Formulario I-131).
  4. Asisten a una entrevista en la oficina local de USCIS.
  5. Si todo está correcto, reciben la green card o tarjeta verde.

Este camino suele ser el más directo y menos riesgoso para la familia.

Escenario 2: Padres Que Entraron Sin Inspección (Ilegalmente)

¿Qué significa “entrada sin inspección”?
Ocurre cuando los padres:

  • Cruzaron la frontera sin pasar por un puerto de entrada oficial.
  • No fueron inspeccionados por oficiales de inmigración.
  • No tienen I-94 ni otro registro de entrada legal.

El Problema Principal
En la mayoría de los casos, NO pueden hacer ajuste de estatus dentro de EE. UU.. Esto obliga a seguir un proceso consular en el país de origen. El gran riesgo es que, al salir de Estados Unidos, se activan las barras por presencia ilegal.

Las Barras de Presencia Ilegal (3 – 10 Años)

  • 3 años: si la presencia ilegal fue entre 180 días y 1 año.
  • 10 años: si fue mayor a 1 año.

Estas barras solo se activan al salir y prohíben regresar legalmente durante ese tiempo.

La Solución: Perdón Provisional I-601A
Existe una opción llamada perdón provisional mediante el Formulario I-601A. Este permite solicitar el perdón antes de salir del país, reduciendo el tiempo fuera de Estados Unidos.

Un punto clave: el sufrimiento extremo debe demostrarse hacia un familiar calificado, que por ley es un cónyuge o padre/madre ciudadano o residente, no el hijo ciudadano. Esto complica muchos casos y hace indispensable evaluar bien la situación con un abogado.

Tabla Comparativa

Aspecto

Entrada Legal

Entrada Sin Inspección

¿Puede ajustar dentro de EE. UU.?

Sí (generalmente)

No (245(i))

¿Necesita salir del país?

No

Sí (proceso consular)

¿Riesgo de barras 3/10 años?

Bajo o ninguno

Alto (sin perdón)

¿Permiso de trabajo mientras espera?

Sí (I-765)

No, hasta aprobación
(Basado en proceso consular)

Tiempo típico del proceso

12–24 meses

18–36 meses o más (depende del pais y perdones)

Por eso, cómo entraron los padres no es un detalle menor: es el eje central de todo el proceso migratorio.

El Proceso Paso a Paso: De la Petición a la Green Card

Una vez que confirmas que el hijo ciudadano y los padres cumplen con los requisitos, el siguiente reto es entender el proceso completo. Aunque puede parecer largo, dividirlo paso a paso ayuda a reducir errores y a tomar mejores decisiones para tu caso y tu familia en Estados Unidos.

Paso 1: Preparar y Presentar el Formulario I-130

El Formulario I-130, llamado Petición para Familiar Extranjero, es el documento que inicia todo el proceso de inmigración. Aquí, el hijo ciudadano estadounidense le informa al gobierno que existe una relación válida con sus padres.

Documentos necesarios incluyen:

  • Prueba de ciudadanía del hijo (acta de nacimiento, pasaporte estadounidense o certificado de naturalización).
  • Certificado de nacimiento del hijo donde aparezcan los padres.
  • Identificación oficial de los padres.
  • Certificado de matrimonio de los padres, si aplica.
  • Dos fotos tipo pasaporte de cada padre.

Este formulario tiene un costo oficial que puede cambiar, por lo que siempre conviene verificar el monto actualizado en el sitio web de USCIS antes de enviarlo.

Paso 2: Esperar la Aprobación del I-130

Después de enviar la solicitud, USCIS emite un aviso llamado Notice of Action (Formulario I-797). El tiempo de procesamiento suele variar entre 8 y 15 meses, dependiendo del centro de servicio y del volumen de casos en USCIS. Durante esta etapa, es clave mantener tu cuenta y dirección actualizadas para recibir cualquier respuesta oficial.

Paso 3A: Ajuste de Estatus (Si Entraron Legalmente)

Si los padres tuvieron entrada legal a Estados Unidos, pueden solicitar el ajuste de estatus usando el Formulario I-485 para obtener la residencia permanente sin salir del país.

Documentos adicionales:

  • Examen médico (Formulario I-693).
  • Evidencia financiera (Formulario I-864, Affidavit of Support).
  • Certificados policiales, si el caso lo requiere.

Beneficios mientras esperan:

  • Permiso de trabajo (I-765).
  • Permiso de viaje (I-131, Advance Parole).

Luego asisten a una entrevista local y, si todo está en orden, reciben la tarjeta de green card.

Paso 3B: Proceso Consular (Si Entraron Sin Inspección)

Cuando los padres entraron sin inspección, el caso pasa al National Visa Center (NVC) tras aprobar el I-130. Se envía un paquete de documentos civiles y financieros, se realiza el examen médico en el país de origen y se agenda la entrevista en la embajada o consulado de EE. UU.

Aquí pueden ocurrir algunas opciones: aprobación inmediata, negación por barras de presencia ilegal o la necesidad de un perdón con Formularios I-601 o I-601A. De igual forma existen otras posibilidades como RFEs (procesamiento administrativo) etc.

Paso 4: Obtener la Green Card

Si hubo ajuste, la tarjeta verde llega por correo. Si fue proceso consular, los padres entran con una visa de inmigrante y luego reciben la green card en Estados Unidos. Es válida por 10 años y, tras 5 años como residentes, pueden solicitar la ciudadanía estadounidense.

Es fundamental seguir cuidadosamente las instrucciones oficiales de cada formulario I para evitar retrasos o negaciones innecesarias en el proceso.

El Perdón I-601A: ¿Qué es y Quién Califica?

El perdón provisional I-601A es uno de los temas que más preguntas genera entre familias inmigrantes, porque suele ser la única opción para ciertos padres que entraron sin inspección a Estados Unidos. Entender bien su alcance, requisitos y limitaciones es clave antes de tomar cualquier decisión que implique salir del territorio americano.

¿Qué es el Perdón Provisional I-601A?

El Formulario I-601A permite solicitar un perdón por las barras de presencia ilegal de 3 o 10 años antes de salir de EE. UU. para el proceso consular. Su principal beneficio es que reduce el tiempo de separación familiar, ya que el solicitante sale del país con una probabilidad mucho mayor de regresar en poco tiempo si todo está en orden.

Es importante tener claro que este perdón sólo cubre la presencia ilegal. No perdona otros problemas de admisibilidad, como ciertos antecedentes criminales, fraude migratorio u órdenes de deportación previas. Por eso, cada caso debe analizarse cuidadosamente dentro del proceso de inmigración.

¿Quién Califica?

Para ser elegible al I-601A, los padres deben cumplir varios requisitos:

  • Tener una petición familiar I-130 ya aprobada.
  • Tener una visa de inmigrante disponible según su categoría.
  • Contar con un familiar calificado que sufriría sufrimiento extremo.
  • No tener otros impedimentos graves de estatus o condición migratoria.

Cumplir solo uno de estos puntos no es suficiente; todos deben aplicarse al mismo caso.

El Concepto Clave: “Familiar Calificado”

Este es el punto que más confunde a los hijos ciudadanos. IMPORTANTE: el hijo ciudadano NO cuenta como familiar calificado para el I-601A según la ley de inmigración.

Sí califican como familiar calificado:

  • Cónyuge ciudadano o residente permanente.
  • Padre o mamá ciudadano o residente.

Si los padres no tienen un cónyuge o padres con ese estatus, no califican para este perdón, aun cuando tengan hijos ciudadanos.

¿Qué es “Sufrimiento Extremo”?

El sufrimiento extremo es un estándar legal alto, mucho más que la tristeza normal por separación. Las autoridades evalúan información y documentos que prueben factores como problemas serios de salud, dependencia económica, edad avanzada, lazos familiares fuertes en EE. UU., y las condiciones del país de origen. Preparar esta evidencia suele requerir trabajo detallado y apoyo de un abogado con experiencia.

Costos y Tiempos Realistas

Uno de los errores más comunes en inmigración es iniciar el proceso sin tener expectativas claras sobre el dinero y el tiempo involucrados. Para muchos hijos ciudadanos y sus padres, planear bien estos dos factores puede marcar la diferencia entre un caso ordenado y uno lleno de estrés en Estados Unidos.

Costos Aproximados

Los costos pueden variar según la situación de cada familia, el país de origen y si existen circunstancias especiales, pero estos son montos comunes como medio de referencia (siempre verifica tarifas actualizadas):

  • Formulario I-130: USD $675 ( en papel) y $625 (online).
  • Formulario I-485 (ajuste de estatus): USD $1,140 + USD $85 de biométricos.
  • Formulario I-601A (perdón provisional): USD $795.
  • Examen médico: USD $200–$500 por padre (puede variar segun la ciudad).
  • Traducciones certificadas: USD $20–$50 por documento.
  • Honorarios de abogado: USD $3,000–$8,000 o más, puede variar según la complejidad del caso.

En total, un hijo ciudadano estadounidense puede esperar un costo aproximado de USD $5,000 a $15,000 por padre cuando hay representación legal. Hacer cuentas claras desde el inicio evita interrupciones en la solicitud y retrasos innecesarios.

Tiempos de Procesamiento

En cuanto al plazo, los tiempos no son inmediatos y dependen del tipo de caso y tiempos de procesamiento de USCIS y Procesamiento Consular: 

  • Ruta de ajuste (entrada legal): 12–24 meses en total.
  • Ruta consular (entrada sin inspección, sin problemas): 18–30 meses.
  • Con perdón I-601A: 24–36 meses o más.
  • Con orden de deportación u otros problemas: 3 a 5 años o más.

Tener esta información clara te ayuda a tomar una mejor decisión y avanzar con paciencia y estrategia en todo el proceso.

Errores Comunes Que Pueden Arruinar el Caso

En inmigración, un solo error puede retrasar el proceso por años o incluso cerrar por completo las opciones para los padres. Muchos hijos ciudadanos actúan de buena fe, pero la falta de información o la confianza en consejos incorrectos puede poner a la familia en riesgo en EE. UU.

Error 1: Asumir Que Tener un Hijo Ciudadano los Protege de Deportación

Esto no es cierto. Tener un hijo ciudadano estadounidense no impide que los padres sean detenidos o deportados. La petición I-130 no otorga estatus legal inmediato, ni protege automáticamente contra acciones de inmigración mientras el caso está pendiente.

Error 2: No Investigar Cómo Entraron al País

Cómo entraron los padres a EE. UU. determina todo el proceso. Asumir una entrada legal sin pruebas puede llevar a una negación grave. Si hay dudas, se pueden solicitar registros oficiales mediante FOIA para confirmar presencia, visa o inspección previa antes de presentar formularios.

Error 3: No Revelar Antecedentes Criminales o Deportaciones Previas

USCIS y otras agencias tienen acceso a documentos, huellas y registros históricos. Ocultar información sobre arrestos, órdenes de deportación o salidas previas puede resultar en una decisión negativa por fraude, que afecte permanentemente el estatus migratorio.

Error 4: Salir De EE. UU. Sin Perdón Aprobado

Si los padres tienen presencia ilegal y salen del país sin un I-601A aprobado, activan automáticamente las barras de 3 o 10 años. Esto puede dejarlos atrapados fuera del territorio americano por mucho tiempo.

Error 5: No Obtener Disposiciones Certificadas de Arrestos

Cualquier arresto requiere disposiciones oficiales de corte. Estos documentos pueden tardar meses en obtenerse y, sin ellos, USCIS no avanza con el caso. En algunos casos, los registros de arrestos o deportaciones provienen de tribunales estatales o federales y deben obtenerse de forma certificada.

Error 6: Usar Notarios o “Consultores” Sin Licencia

Solo un abogado autorizado puede dar asesoría legal migratoria. El fraude de notarios es común en la comunidad inmigrante y puede costarte dinero, tiempo y el derecho a arreglar papeles en el futuro.

Por Qué Este Proceso Requiere Asesoría Legal Profesional

Aunque en papel el proceso para que un hijo ciudadano pida a sus padres puede parecer directo, en la práctica hay una complejidad oculta que no siempre es evidente. Cada caso tiene detalles únicos: entradas múltiples a Estados Unidos, salidas previas, errores en formularios, cambios en el estatus o antecedentes antiguos que pueden afectar la decisión final. Un solo error puede provocar una negación permanente o incluso una acción de deportación. Además, las leyes y políticas de inmigración cambian con frecuencia, lo que vuelve obsoleta mucha información que circula en línea.

La Complejidad Oculta

Muchos hijos ciudadanos estadounidenses confían en guías generales sin considerar sus circunstancias específicas. Sin una revisión legal adecuada, es fácil pasar por alto factores como presencia ilegal acumulada, problemas de visa, errores de nombre en documentos o interpretaciones incorrectas de la ley. Aquí es donde el abogado marca la diferencia.

Cuándo es Absolutamente Necesario un Abogado

La asesoría profesional no siempre es obligatoria, pero sí es esencial cuando los padres:

  • Entraron sin inspección.
  • Tienen cualquier antecedente criminal.
  • Enfrentan o enfrentaron órdenes de deportación.
  • Reingresaron a EE. UU. después de una deportación.
  • Necesitan un perdón como el I-601A o I-601.

En estos casos, contar con un abogado puede proteger a tu familia y tus derechos.

La Reunificación Familiar es Posible

A pesar de lo complejo que puede parecer el proceso, la realidad es que sí, un hijo ciudadano de 21 años o más puede pedir a sus padres indocumentados y lograr la reunificación familiar en Estados Unidos. El camino no es igual para todos: todo depende de cómo entraron los padres al país, de su estatus, y de las circunstancias específicas de cada caso.

Incluso cuando la situación es complicada —como entradas sin inspección, presencia ilegal prolongada o la necesidad de un perdón— existen opciones legales que pueden marcar la diferencia. Eso sí, este no es un camino rápido ni automático. Requiere paciencia, buena preparación, documentos correctos y, en muchos casos, el acompañamiento de un abogado con experiencia en inmigración familiar.

Cada año, miles de familias inmigrantes logran regularizar la residencia de sus padres y dar el paso hacia una vida más estable como residentes legales. Informarte bien, evitar errores y actuar con estrategia puede acercarte a ese mismo resultado. Este artículo busca darte claridad, pero el siguiente paso siempre debe ser personalizado.

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Preguntas Frecuentes (FAQ)

Esta sección responde preguntas comunes que surgen cuando un hijo ciudadano quiere ayudar a sus padres dentro del proceso de inmigración en Estados Unidos. Las respuestas son generales; cada caso puede variar según estatus, presencia y circunstancias.

¿Puede un Hijo Menor de 21 Años Pedir a sus Padres?

No. La ley exige que el hijo sea ciudadano estadounidense y tenga 21 años o más para presentar el Formulario I-130 a favor de sus padres. Antes de esa edad, no existe el derecho a iniciar esta solicitud. Muchos niños ciudadanos creen que pueden iniciar el proceso, pero la ley exige que se tenga al menos 21 años.

¿Un Residente Permanente Puede Pedir a sus Padres?

No. Los residentes permanentes (LPR) no pueden pedir a sus padres. Solo los ciudadanos estadounidenses pueden hacerlo. Si eres residente, una opción es solicitar la ciudadanía primero y luego iniciar el proceso.

¿Mis Padres Pueden Trabajar Mientras Esperan?

Depende del camino. Si hacen ajuste de estatus en EE. UU., pueden solicitar permiso de trabajo con el Formulario I-765. Si siguen proceso consular, no pueden trabajar legalmente hasta recibir la green card y la tarjeta física.

¿Qué Pasa si mi Papá/Madre Cruzó la Frontera Sin Papeles?

En la mayoría de los casos, deberán hacer proceso consular en su país de origen. Al salir de Estados Unidos, pueden activarse las barras de 3 o 10 años por presencia ilegal. A veces se requiere un perdón (I-601A) antes de salir.

¿Puedo Pedir a Ambos Padres al Mismo Tiempo?

Sí. Puedes presentar peticiones I-130 separadas para cada padre. Cada uno necesita su propio formulario, documentos y pago. Son casos independientes, aunque el hijo ciudadano sea el mismo.

¿Qué Pasa si mis Padres Tienen un DUI u Otro Arresto?

Depende del delito y de la situación. Deben obtener disposiciones certificadas de corte y permitir que un abogado evalúe el impacto en la admisibilidad antes de continuar.

¿Pueden Deportar a mis Padres Mientras Esperamos la Tarjeta Verde?

Sí. Tener una I-130 pendiente no otorga estatus ni protección automática contra deportación. Por eso, una evaluación legal temprana es clave para proteger a tu familia.

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