El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) implementan un ajuste significativo en la normativa migratoria. A partir del 18 de septiembre de 2026, entra en vigor la rescisión de la norma de Carga Pública de 2022 y se exige obligatoriamente una nueva edición del Formulario I-485 para solicitar la residencia permanente (Green Card).
Esta actualización ha generado zozobra en la comunidad hispana. Por ello, en la firma de abogados Alonso & Alonso desglosamos los aspectos técnicos de este cambio y explicamos por qué las visas humanitarias continúan blindadas por la ley.
¿Qué cambia con la Carga Pública del DHS?
Bajo la nueva directriz, los oficiales de inmigración contarán con una discreción más amplia para evaluar si un solicitante de residencia podría depender del gobierno. A diferencia del estándar anterior, las autoridades analizarán el uso de ciertos beneficios públicos de asistencia económica, de salud o de vivienda.
Sin embargo, esta evaluación se realiza bajo un criterio de “totalidad de circunstancias”, donde también se ponderan la edad, la salud, la educación, las habilidades laborales y el patrocinio familiar.
Advertencia técnica: Cero periodo de gracia para el Formulario I-485
Junto a la norma del DHS, USCIS exige el uso de la versión actualizada del Formulario I-485 (edición 09/18/26).
- Si envía su paquete en o después del 18 de septiembre de 2026: Debe usar únicamente la nueva edición. Presentar la versión vieja resultará en un rechazo automático del paquete por parte de la agencia.
- Trámites previos: Las solicitudes enviadas con sello postal o recibidas antes del 18 de septiembre se procesarán bajo la norma anterior.
Visas Humanitarias (T, U, VAWA): Exención total por ley
Existe un gran temor de que haber recibido asistencia pública o no contar con altos ingresos impida arreglar el estatus migratorio. Es vital aclarar que el Congreso de los EE. UU. protege de forma absoluta a los sobrevivientes y víctimas de abusos:
- Visa T (Abuso / Explotación Laboral): Exenta 100% de la prueba de Carga Pública al solicitar la residencia.
- Visa U (Víctimas de Delitos): Exenta por completo de la Carga Pública.
- VAWA (Violencia Doméstica / Crueldad Extrema): Protegida y exenta de las evaluaciones de ingresos o beneficios.
Si su proceso corresponde a un alivio humanitario, el uso de ayudas del gobierno no detiene su camino hacia el permiso de trabajo o la Green Card.
Recomendación legal para proteger su residencia
1.- Rigor en la documentación: Si su caso es por petición familiar ordinaria, asegúrese de presentar un expediente financiero sólido para superar la evaluación de Carga Pública.
2.- Cero margen de error en formularios: No permita que un tramitador imprima planillas desactualizadas. Un error de versión devolverá todo su expediente
3.- Consulte con profesionales capacitados: Un equipo legal experto preparará su caso bajo los lineamientos vigentes de USCIS para asegurar su estabilidad en este país.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Si mis hijos ciudadanos reciben cupones de alimentos o Medicaid, me afecta a mí?
Por regla general, los beneficios recibidos por familiares o hijos ciudadanos que no son el solicitante principal no se contabilizan directamente como recibidos por el aplicante.
- ¿Puedo calificar a la Visa T o Visa U si no tengo patrocinador financiero? Sí. Los casos de Visa T y Visa U no requieren Affidavit of Support (Patrocinador) ni evaluación de Carga Pública en ninguna etapa.